La regulación de la adopción en la Ley de Jurisdicción Voluntaria

Ley de Jurisdicción Voluntaria

Mediante la adopción, un menor pasa a ser parte de una familia con los mismos derechos y obligaciones que un hijo biológico. En España, la concesión o denegación de la adopción solo la puede conceder un juez. En este caso, la resolución de la adopción se produce a través del tramitación del expediente de Jurisdicción Voluntaria. Este trámite es la regulación de la adopción en la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Por ello, si estás interesado en adoptar, presta atención:

La adopción en la Ley de Jurisdicción Voluntaria

La regulación de la adopción se lleva a cabo mediante la Ley de Jurisdicción Voluntaria. Pero, ¿en qué consiste dicha ley? A modo de resumen, esta ley vela por los intereses de los menores. Contiene todos los requisitos necesarios para adoptar y los pasos que deben seguir los solicitantes para iniciar un proceso de adopción nacional o un procedimiento de adopción internacional, independientemente de la opción que elijan los futuros adoptantes.

Al no haber ninguna norma concreta que determine el ámbito de aplicación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en España deberás acogerte a las leyes Código Civil que hagan referencia a la adopción. Éstas determinan las personas que pueden acogerse a esta ley, la finalidad y sus consecuencias.

Requisitos incluidos en la Ley de Jurisdicción Voluntaria para adoptar

La Ley de Jurisdicción Voluntaria para adoptar indica qué personas pueden adoptar y quienes no tienen esa posibilidad. Además, en ella también se hace referencia a los requisitos que deben cumplir los menores adoptados. Por lo tanto, si estás interesado en iniciar el proceso de adopción, nosotros te contamos cuáles son esos requisitos:

  • El adoptante. La persona que solicite la adopción deberá superar tanto requisitos de edad, como el hecho de ser mayor de 25 años. Y requisitos de capacidad, puesto que no todos tienen la opción de adoptar.
  • El adoptado. Deberá ser menor y no emancipado. En el caso de producirse una adopción siendo el adoptado mayor de edad o un menor emancipado, se deberá al hecho de haber convivido al menos un año con la familia adoptiva.

Una vez comprendidos estas normas principales, los adoptantes que cumplan estas normas, antes de iniciar el proceso, deberán informarse sobre los diferentes tipos de adopción y sus requisitos. De esta forma se asegurarán de cumplirlos e ir en la dirección correcta hacia su futuro hijo/a.

Además, dicha ley contiene los motivos por los que se imposibilitará la adopción y, por lo tanto, la negación a tramitar el expediente de Jurisdicción Voluntaria:

  • El adoptado no puede ser descendiente del adoptante.
  • No se puede adoptar a un pariente en segundo grado de la línea colateral, como un hermano o cuñado.
  • Nadie podrá ser adoptado por más de una persona.
  • Un pupilo no podrá ser adoptado por su tutor hasta que haya sido aprobada la cuenta general justificada de la tutela.

Ahora que ya conoces la regulación de la adopción en la Ley de Jurisdicción Voluntaria y sus requisitos, solo queda decidirte por el tipo de adopción que quieres realizar. ¡Ánimo, tu hijo/a te está esperando!