Ley de Expropiación Forzosa

En la actualidad el concepto expropiación ya no nos suena nada extraño. Cada día en las noticias vemos noticias sobre familias y personas que son echadas de sus casas a causa de las expropiaciones. Sin embargo, en este artículo vamos a analizar la ley que permite que cada día se produzcan este tipo de situaciones, la conocida como Ley de Expropiación Forzosa.

Esta está estipulada en la legislación española, en concreto en el artículo 33.3 de la Constitución. Este establece que,»nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes»

Este sino es el que da paso a la Ley de Expropiación Forzosa de 1954.

Concepto de Ley de Expropiación Forzosa

La expropiación es uno de los mecanismos con la que la Administración cuenta para conseguir los bienes que necesita para cumplir sus fines. Se trata de la forma más intensa y extrema de limitación de la actividad administrativa. Esta capacita para que otro sujeto de la posesión de un derecho o del interés patrimonial a favor de un interés público.

En definitiva, una expropiación forzosa es el procedimiento por el que, basándose en una causa de utilidad o interés social. En este caso, el Estado, o cualquier órgano de la Administración, adquiere coactivamente bienes, derechos o intereses patrimoniales, para si misma o para un tercero.

Causas de expropiación

No importa el tipo de activo patrimonial, cualquier activo patrimonial es susceptible de ser expropiado por la Administración. Pero la Ley además de los casos generales estipula algunos de carácter más específico. Algunos de ellos son:

  • Por zonas o grupos de bienes
  • Por incumplimiento de la función social de la propiedad
  • De bienes inmuebles de valor histórico, artístico o arqueológico
  • Por entidades locales o por razones de urbanismo
  • Que dan lugar al traslado de poblaciones
  • Por causa de colonización u obras públicas
  • En materia de Propiedad Industrial
  • Por razones de defensa nacional y Seguridad del Estado
  • De aquellas que generan indeminizaciones por ocupaciones temporales u otros daños.