Si la compañía contraria acepta la culpabilidad

En el caso de daños materiales exclusivamente, el perito de dicha compañía enviará un informe a la misma detallando los desperfectos e importe de la reparación. En el caso de aceptarse la reparación por aquélla, la solución del problema es sencillo ya que verificado el arreglo se da por concluido el siniestro.

Pueden darse supuestos diversos y que es difícil abarcar todos pero a modo de ejemplo, puede ser necesario para nosotros disponer de un coche de sustitución. En este caso podríamos alquilarlo y luego reclamarlo pero las compañías suelen exigir como requisito que sea absolutamente imprescindible, así el caso de ser un comercial en continuo desplazamiento con vehículos.

En relación a determinar si una reparación debe o no hacerse en el caso que esta sea muy costosa en relación al precio del coche, se toma como referencia por algunas compañías el valor de venta de ese vehículo en el momento del siniestro. Lógicamente, el argumento de los coches siniestrados es que con ese valor no se puede comprar el mismo vehículo que perdieron. en todo caso se tiene derecho a la reparación salvo que su importe fuera tan alto y el vehículo en tan mal estado que pudiera comprarse otro sin gran dificultad.

En el supuesto de ser declarado siniestro total, la indemnización que se le diera llevará descontado el importe del desguace. Por último se puede dar el caso de reclamación de objetos que se tuvieran en el interior del vehículo en el momento del siniestro y que se hayan destruido teniéndose el derecho a reclamarlos a la aseguradora encontrándonos con el problema (no siempre fácil) de acreditar su preexistencia.