Extinción del contrato de trabajo por causas de fuerza mayor

Causa de la extinción del contrato de trabajo por fuerza mayor

La causa mayor se define como un hecho que no se puede evitar y tampoco se puede prever; por lo tanto, es de suponer que exista una causa de extinción del contrato de trabajo por causas de fuerza mayor. Por lo tanto… ¿Los trabajadores que estén afectados por un despido de estas características tendrán derecho a la indemnización laboral pertinente? Por supuesto. Sigue leyendo y descubre todos los detalles al respecto.

Ejemplos de extinción del contrato de trabajo por fuerza mayor

Quizá el ejemplo más representativo de la rescisión del contrato de trabajo por fuerza mayor sea, o bien la lluvia torrencial que anega el centro de trabajo y lo deja inoperativo, o bien el incendio no provocado que arrasa con la superficie de trabajo. En cambio, no se considera causa de fuerza mayor extintiva la parada biológica en la actividad pesquera, al tratarse de un acontecimiento previsible.

Como elementos que configuran la fuerza mayor debe indicarse que es necesario la comprobación y posterior autorización por las autoridades en materia laboral (ya sea autonómicas o estatales) de la extinción de las relaciones laborales y de la recepción de la indemnización pertinente.

Causa de la extinción del contrato por fuerza mayor

El expediente se iniciará mediante solicitud de la empresa, acompañada de los medios de prueba que estime necesarios y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores, quienes ostentarán la condición de parte interesada en la totalidad de la tramitación del expediente.

La resolución de la autoridad laboral se dictará, previas las actuaciones e informes indispensables, en el plazo de cinco días desde la solicitud, y surtirá efectos desde la fecha del hecho causante de la fuerza mayor.

La autoridad laboral que constate la fuerza mayor podrá acordar que la totalidad o una parte de la indemnización que corresponda a los trabajadores afectados por la extinción de sus contratos sea satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del derecho de éste a resarcirse del empresario. Sin dicha autorización administrativa, los despidos son nulos

Indemnización por despido por causa de fuerza mayor

La extinción dará derecho a que el trabajador perciba una indemnización de 20 días de salario por cada año trabajado con un tope máximo de 12 mensualidades. En las empresas de menos de 25 trabajadores el 40% de esta indemnización será abonado por el Fondo de Garantía Salarial.